Hoy os presentamos una alternativa de convivencia familiar:
el acogimiento familiar.
¿Qué es?
Se define como una alternativa
social que ofrece un ambiente familiar para los niños o jóvenes que no pueden
ser atendidos adecuadamente en sus hogares y simultáneamente prevee una
intervención con su familia para ayudarla a resolver las situaciones o
dificultades que han ocasionado la separación, manteniendo contacto el menor
con su familia.
¿Qué familia puede ser acogedora?
Son necesarias muchos tipos de familias. No existe un perfil para las familias que puedan ser acogedoras, si deben de cumplir determinados requisitos que están relacionados con sus capacidades y habilidades.
Cualquier persona mayor de edad con capacidad jurídica y de obrar.
¿El acogimiento familiar es lo mismo que adopción?
Ambas son medidas de protección
jurídica pero responden a necesidades infantiles y expectativas en los adultos
diferentes. La adopción es irrevocable y genera vínculos jurídicos entre los
adultos y los niños equiparables a la maternidad y paternidad biológicas. Como
criterio general, la naturaleza del acogimiento es siempre temporal, su
duración abarca hasta que se mejoran las situaciones que determinaron la
separación con su familia de origen y/o se propone una solución duradera para
el niño.
En nuestro país la
responsabilidad sobre el acogimiento es competencia de las Comunidades Autónomas.
En Extremadura, el seguimiento es realizado por un equipo técnico de Cruz Roja
junto con los técnicos de la Junta de Extremadura.
(Información recogida
de: www.cruzrojaextremadura.org/acogimientofamiliar)
Si esta información es de tu interés… Ven e infórmate:
El viernes 27 de Abril 2018
A las 19:30 h.
Centro Integral de Desarrollo (nuevo edificio)
C / El Puerto
FREGENAL DE LA SIERRA
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